CÓMO RECLAMAR UNA CLÁUSULA SUELO A BANKIA EN 3 PASOS
Bankia sigue el procedimiento impuesto por el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero |
Bankia ha puesto a disposición de sus clientes un procedimiento extrajudicial para devolver a aquéllos que tienen una hipoteca con cláusula suelo, la cantidad cobrada indebidamente, desde el momento del contrato, así como los intereses.
Desde el día 3 de febrero, ha llevado a cabo las imposiciones del Real Decreto –ley 1/2017 de 20 de enero de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo mediante un mecanismo de devolución exprés que afecta a más de 60.000 clientes.
Con la ayuda de David Navarro Sánchez le resumimos
los pasos que hay que seguir para que Bankia le devuelva el dinero que le
corresponde.
Reclamación a Bankia en 3 pasos
1. Presentar el formulario
de solicitud,
• presencialmente, en su oficina
• por e-mail a clausulasuelo@bankia.com
• o por carta, a C/ Gabriel García Márquez 1, 28232, Las Rozas (Madrid)
Según Bankia, la solicitud puede
realizarse aunque se tenga en marcha cualquier iniciativa de reclamación,
judicial o extrajudicial.
2. Bankia analizará la solicitud y le
comunicará si resulta o no procedente en un plazo máximo de 3 meses.
Si la decisión es favorable para
usted, para devolverle lo cobrado indebidamente, es necesario que todos los
titulares de la hipoteca estén conformes con el importe y que firmen el
documento de acuerdo.
El Centro de Atención de
Cláusulas Suelo Bankia procederá a la devolución del importe acordado en
efectivo mediante abono en cuenta o como amortización del préstamo. En este
último caso se le hará entrega de un documento adicional con el cuadro de
amortización.
Si se hubiera interpuesto una
demanda judicial, usted debe aceptar la suspensión del proceso judicial.
3. Comunicar la cantidad que se le devolverá a Hacienda
¿Sabe qué es exactamente una cláusula suelo?
La mayoría de las hipotecas, han
venido incluyendo una cláusula para fijar el límite mínimo que se aplica en la
cuota mensual. Esto le perjudica como cliente, porque aunque el tipo de interés
sea mucho más bajo que en el momento del contrato, usted tiene un tope fijado,
por lo que el banco no le devolverá la diferencia que le corresponde y que,
puede suponer unos 150 €,200 € al mes u otra cuantía, dependiendo de la cuantía
de la hipoteca.
¿Cómo se han posicionado los tribunales?
El número de quejas ha ido en aumento. El Tribunal supremo dictó la sentencia de 9 de mayo de 2013 por la que declaró
la nulidad y el carácter abusivo de este tipo de cláusulas. El problema para
algunos clientes era que sólo se forzaba al banco a devolver las cantidades que
se habían generado antes de esa fecha.
Pero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en sentencia de 21 de diciembre de 2016 que además de nulas, estas cláusulas eran retroactivas, por lo que el banco estaba obligado a devolver todas las cantidades cobradas de forma indebida desde el momento de la firma de la hipoteca, aunque ésta fuera anterior a la fecha mencionada.
Pero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en sentencia de 21 de diciembre de 2016 que además de nulas, estas cláusulas eran retroactivas, por lo que el banco estaba obligado a devolver todas las cantidades cobradas de forma indebida desde el momento de la firma de la hipoteca, aunque ésta fuera anterior a la fecha mencionada.
Después de estas sentencias, se
aprobó el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, por el cual se estableció un
procedimiento extrajudicial para agilizar y facilitar a los clientes del banco
el reintegro de lo debido.
En Bufete Navarro estamos
especializados en reclamaciones al banco. Contacte con el abogado David Navarro Sánchezy le ayudará a que le devuelvan lo que le corresponde.