Cómo reclamar al Banco

viernes, 31 de marzo de 2017

CÓMO RECLAMAR UNA CLÁUSULA SUELO A BANKIA EN 3 PASOS


David Navarro Sánchez
Bankia sigue el procedimiento impuesto por
el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero

Bankia ha puesto a disposición de sus clientes un procedimiento extrajudicial para devolver a aquéllos que tienen una hipoteca con cláusula suelo, la cantidad cobrada indebidamente, desde el momento del contrato, así como los intereses. 

 

Desde el día 3 de febrero, ha llevado a cabo las imposiciones del Real Decreto –ley 1/2017 de 20 de enero de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo mediante un mecanismo de devolución exprés que afecta a más de 60.000 clientes.


Con la ayuda de David Navarro Sánchez le resumimos los pasos que hay que seguir para que Bankia le devuelva el dinero que le corresponde.


Reclamación a Bankia en 3 pasos


1.     Presentar el formulario de solicitud,

•      presencialmente, en su oficina
•      por e-mail a clausulasuelo@bankia.com
•      o por carta, a C/ Gabriel García Márquez 1, 28232, Las Rozas (Madrid)

Según Bankia, la solicitud puede realizarse aunque se tenga en marcha cualquier iniciativa de reclamación, judicial o extrajudicial.


2.     Bankia analizará la solicitud y le comunicará si resulta o no procedente en un plazo máximo de 3 meses.

Si la decisión es favorable para usted, para devolverle lo cobrado indebidamente, es necesario que todos los titulares de la hipoteca estén conformes con el importe y que firmen el documento de acuerdo.

El Centro de Atención de Cláusulas Suelo Bankia procederá a la devolución del importe acordado en efectivo mediante abono en cuenta o como amortización del préstamo. En este último caso se le hará entrega de un documento adicional con el cuadro de amortización.

Si se hubiera interpuesto una demanda judicial, usted debe aceptar la suspensión del proceso judicial.


3.      Comunicar la cantidad que se le devolverá a Hacienda



¿Sabe qué es exactamente una cláusula suelo?


La mayoría de las hipotecas, han venido incluyendo una cláusula para fijar el límite mínimo que se aplica en la cuota mensual. Esto le perjudica como cliente, porque aunque el tipo de interés sea mucho más bajo que en el momento del contrato, usted tiene un tope fijado, por lo que el banco no le devolverá la diferencia que le corresponde y que, puede suponer unos 150 €,200 € al mes u otra cuantía, dependiendo de la cuantía de la hipoteca.

¿Cómo se han posicionado los tribunales?


El número de quejas ha ido en aumento. El Tribunal supremo dictó la sentencia de 9 de mayo de 2013 por  la que declaró la nulidad y el carácter abusivo de este tipo de cláusulas. El problema para algunos clientes era que sólo se forzaba al banco a devolver las cantidades que se habían generado antes de esa fecha.

Pero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en sentencia de 21 de diciembre de 2016 que además de nulas, estas cláusulas eran retroactivas, por lo que el banco estaba obligado a devolver todas las cantidades cobradas de forma indebida desde el momento de la firma de la hipoteca, aunque ésta fuera anterior a la fecha mencionada.
Después de estas sentencias, se aprobó el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, por el cual se estableció un procedimiento extrajudicial para agilizar y facilitar a los clientes del banco el reintegro de lo debido.


En Bufete Navarro estamos especializados en reclamaciones al banco. Contacte con el abogado David Navarro Sánchezy le ayudará a que le devuelvan lo que le corresponde.


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