Cómo reclamar al Banco

viernes, 31 de marzo de 2017

El Banco Sabadell no facilita el reembolso de las cláusulas suelo


David Navarro Sánchez
El Banco Sabadell se ve obligado a aplicar el
Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero


En Bufete Navarro, desde el equipo de David Navarro Sánchez hemos investigado el procedimiento extrajudicial para recuperar lo cobrado indebidamente por diferentes bancos en concepto de cláusula suelo y hemos comprobado que a diferencia de La Caixa, El Banco Santander o el BBVA , que dan información transparente on-line, el Banco Sabadell no dice nada en su web y además sólo permite presentar la solicitud personalmente en sus oficinas.



Banco Sabadell comenzó a atender las reclamaciones por cláusulas suelo el pasado día 20 de febrero y se comprometió ante los medios de comunicación a ofrecer toda la información relativa al proceso en su página web y en las oficinas de toda su red. Más de un mes después, no se han facilitado los medios adecuados para reclamar en Internet.


¿Cuál es el procedimiento que debería dar a conocer el Banco Sabadell?

El Real Decreto-Ley 1/2017, de 20de enero, ha marcado la línea que tienen que seguir los bancos para la devolución de lo cobrado de más por las cláusulas suelo. El procedimiento se puede resumir en tres pasos:
  1.   Presentar la solicitud
  2.  Recibir la comunicación del banco (en 3 meses como máximo) diciendo si es procedente o no. Si no lo es, se puede reclamar judicialmente o de forma extrajudicial (por ejemplo, al Banco de España). Y si es procedente y estamos de acuerdo con la cuantía propuesta por el banco, aceptar la oferta (recomendamos hacer el cálculo de la cantidad de la deuda también por nuestra cuenta, para ver si coincide).
  3. Comunicar lo cobrado a Hacienda



¿Cómo han dado a conocer este procedimiento otros bancos?

Este procedimiento se explica de forma más o menos extensa y comprensible en las páginas web de los principales bancos nacionales. Cada uno ofrece la información con su estilo propio, incluyendo a veces un formulario determinado para incluir los datos, otras veces invitándote a registrarte en su página web para cumplimentar la información desde tu perfil y, en otras ocasiones, como mínimo, facilitando una dirección de correo electrónico y otra de correo postal para facilitar el inicio de la reclamación.

¿Qué es lo que hace el Banco Sabadell para dar a conocer la reclamación de las cláusulas suelo?

Lo que nos hemos encontrado a la hora de buscar esta información en el Banco Sabadell es lo siguiente:
  •  Si buscas en Google: “Sabadell reclamar cláusulas suelo” no sale la web de la entidad, a diferencia del resto de bancos.
  •  Las entradas que hay en Google, sólo se refieren a noticias sobre la poca transparencia que ofrecen para reclamar y la reticencia que tienen a hacerlo.
  •  Dentro de su página web www.bancsabadell.com , si buscas “cláusula suelo” tampoco se encuentra nada.
  •  No hay ninguna dirección de correo electrónico, ni postal donde hacer la reclamación.
  •  En el apartado de Servicio de Atención al Cliente, dicen que:
o   Con este servicio atienden las quejas y reclamaciones que les plantean (y no excluye las cláusulas suelo)
o   Que tienen un formulario de contacto para ello y lo ponen a nuestra disposición
o   Que si no, pueden enviar la queja al correo postal

Servicio de Atención al Cliente 

Centro Banco Sabadell 

Polígono Can Sant Joan 
Sena, 12 
08174, Sant Cugat del Vallés


o   O, también pueden hacerlo a la dirección de e-mail SAC@bancsabadell.com

¿Qué te dice el Banco Sabadell por teléfono sobre cómo reclamar la cláusula suelo?

Visto que hay este Servicio de Atención al Cliente, lo normal sería reclamar desde aquí. Sin embargo, al llamar al Teléfono de Atención al Cliente 902 323 000 y decir que cómo podemos presentar una reclamación por cláusula suelo, nos dicen que NO ES POSIBLE UTILIZAR ESTA VÍA PARA LAS CLÁUSULAS SUELO Y QUE SÓLO PUEDE HACERSE EN PERSONA, DESDE UNA OFICINA. Y NO NOS MENCIONAN LA EXISTENCIA DEL DEFENSOR DEL CLIENTE para expresarle nuestra reclamación.

Contradicción con su propio Reglamento a la hora de interponer quejas por cláusulas suelo

Según se indica en el mismo apartado de Servicio de Atención al Cliente, en la web, se dice que:

Adicionalmente, el grupo Banco Sabadell dispone de la figura del Defensor del Cliente, cuyo funcionamiento está regulado en el Reglamento del Defensor del Cliente , y la de Defensor del Partícipe de los Planes de Pensiones gestionados por BancSabadell Pensiones, S.A. de Seguros y Reaseguros, con funcionamiento regulado por el Reglamento del Defensor del Partícipe

Sin embargo no podemos comprobar lo que dice el Reglamento del Defensor del Cliente, porque el enlace de la web no funciona. No sabemos qué tipo de quejas y reclamaciones se pueden poner ante él.

Según otro Reglamento, el Reglamento para la defensa de los clientes y usuarios financieros de Grupo Banco Sabadell , concretamente en el artículo 7.1, los lugares de presentación de las quejas y reclamaciones dirigidas al SAC o al Defensor del Cliente y el Partícipe son:

·         En la dirección del SAC o, en su caso, en la del Defensor del Cliente y del Partícipe,
·         En el domicilio social de cualquiera de las entidades que forman el grupo Banco Sabadell,
·         En cualquiera de las oficinas del grupo Banco Sabadell,
·    Por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 59/2003.

Es el propio Banco Sabadell quien dice que se puede reclamar por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, pero que por teléfono niega esta posibilidad.

Desde el BufeteNavarro, ayudamos a reclamar las cuantías que este banco adeuda en concepto de cláusulas suelo. Contacte con nosotros y con el abogado David Navarro Sánchez y le asesoraremos para la satisfacción de sus intereses.




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