Cómo reclamar al Banco

jueves, 30 de marzo de 2017

CÓMO RECLAMAR UNA CLÁUSULA SUELO A LA CAIXA EN 3 PASOS


El bufete de abogados de David Navarro Sánchez, le resume los pasos para reclamar lo que le corresponde a  La Caixa. También le comentamos en qué consiste la cláusula suelo y le mencionamos los principales hitos de la jurisprudencia que ha declarado nulo este tipo de cláusula y que ha permitido que se devuelvan las cantidades, cualquiera que sea el momento en el que se ha firmado la hipoteca. 


David Navarro Sánchez
 La Caixa se adapta al Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero

Reclamación a La Caixa en 3 pasos


1.       Presentar el formulario de solicitud,

•      presencialmente, en su oficina
•      por e-mail a solicitud.analisis.
•      o por carta, al Apdo. de Correos Apartado de Correos 8037 - 08080 Barcelona

2.  CaixaBank analizará la solicitud y le   comunicará si resulta o no procedente en un plazo máximo de 3 meses. Lo hará,

  •  a través del servicio de banca electrónica (Línea Abierta)
  •  o, si no dispone de este servicio, a través del correo postal al domicilio que, haya designado en CaixaBank como cliente para el envío de comunicaciones.


a.    Si no resulta procedente, se le comunicará el motivo y se dará por concluida la reclamación. Sólo en este caso, o cuando CaixaBank no conteste en 3 meses, se podrá reclamar judicial o extrajudicialmente (incluso ante el Servicio de Reclamaciones de Banco de España). Si la solicitud es anterior al 21 de febrero de 2017, el plazo de tres meses comienza a partir de esta fecha.


b.       Si resulta procedente, todos los titulares de la operación hipotecaria deberán acudir presencialmente a la oficina para firmar el acuerdo. Una vez firmado, recibirá el importe acordado mediante ingreso en cuenta.


3.       Comunicar la cantidad que se le devolverá a Hacienda


¿En qué consiste la cláusula suelo?

En las hipotecas se ha venido incluyendo una cláusula que fijaba el límite mínimo a pagar en la cuota mensual , aunque el tipo de interés bajase o, incluso, resultase negativo. Este hecho ha perjudicado enormemente a los clientes, que se han visto perjudicados ya que el banco se ha quedado con cantidades que les pertenecían. 

El Euríbor es el índice referencial del interés europeo por excelencia. Cuando una entidad bancaria concede un préstamo, obliga al cliente a devolver el interés establecido por el  Euríbor más una cantidad que varía cada año (diferencial). 

Este interés superaba 5% en 2008, pero a partir de 2009 descendió enormemente, llegando incluso a ser inferior al  1%. Las cláusulas suelo lo que hicieron fue poner el límite en el 2 ó 3%, impidiendo que la cuota mensual de la hipoteca no se redujese tanto como correspondía, quedándose el banco con una cantidad que no era suya.


Principales hitos de la jurisprudencia más reciente 

El Tribunal Supremo declaró nulas y abusivas las cláusulas suelo en la sentencia de 9 de mayo de 2013,. tras las numerosas quejas de los consumidores. Aunque, solamente forzaba al banco a que devolviera lo cobrado indebidamente a partir de la fecha de la sentencia y no lo que se cobró con anterioridad. 

Entonces, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, además de declarar la nulidad de este tipo de cláusulas, resolvió a favor de su retroactividad en la sentencia de 21 de diciembre de 2016 , estableciendo que la fecha de constitución de la hipoteca era indiferente, ya que también se podían cobrar las cantidades anteriores a la fecha mencionada. 

El siguiente hito ha sido el  Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, en el que se ha fijado el  procedimiento extrajudicial a seguir para permitir cobrar las cuantías que el banco ha obtenido indebidamente, previamente a la interposición de la demanda. 


 En Bufete Navarro contamos con una gran experiencia en reclamaciones al banco. Contacte con el letrado David Navarro Sánchez y le ayudará a cobrar lo que le corresponde. 

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